jueves, 3 de febrero de 2011

Los padres de niños con cáncer u otra enfermedad grave recibirán un subsidio

La medida entrará en vigor el 1 de enero de 2011

Los padres de niños enfermos de cáncer u otra enfermedad grave que se vean obligados a cuidarles durante al menos el 50 por ciento de su jornada laboral, percibirán un subsidio equivalente a la reducción que experimenten por recortar sus horas de trabajo. Esta nueva prestación, que se incluirá en los presupuestos de 2011, ha salido adelante con el consenso de todos los grupos parlamentarios.

Esta prestación contributiva se extinguirá cuando cese la necesidad del cuidado directo, continuo y permanente del menor o cuando éste cumpla los 18 años.

Los requisitos para el acceso a la nueva prestación por cuidado de hijos con enfermedad grave son los mismos que los establecidos para la maternidad contributiva: estar afiliado a la Seguridad Social y tener cubierto el periodo de cotización mínimo requerido. La gestión y el pago corresponderán a la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales o a la Entidad Gestora con quien la empresa tenga concertada la cobertura de los riesgos profesionales.
Desde enero de 2011

Esta nueva prestación, que se introducirá en la Ley de Presupuestos Generales de 2011 y por tanto entrará en vigor el 1 de enero, modifica tanto la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), así como el Estatuto de los Trabajadores. En concreto, el artículo 38 de la LGSS incorporará el "cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave", como situación comprendida en la acción protectora del Sistema de Seguridad Social.
Por otro lado, el Estatuto de los Trabajadores contempla el derecho del trabajador a conciliar la vida familiar y laboral, y en esta línea, el artículo 37 se detallan las situaciones en las que el trabajador tiene derecho a la reducción de jornada y se reconoce como nuevo supuesto el cuidado de hijos afectados por cáncer o enfermedad grave.